Hugo Chávez envió saludo al
pueblo venezolano 72 horas después de su operación | El Comercio Perú
.- Con la designación
como hipotético sucesor de su vicepresidente Nicolás Maduro, el presidente Hugo
Chávez vino a cortar de raíz cualquier lucha de poder interna dentro de sus
filas para el caso de que no pueda continuar en el poder.
.- La Constitución
prevé en su artículo 231 que "si por cualquier motivo sobrevenido" el
presidente no pudiera tomar posesión ante la Asamblea Nacional, lo podría hacer
ante el Tribunal Supremo de Justicia.
.- Una vez tome
posesión, si se produce una "falta absoluta" durante los primeros
cuatro años de su mandato habría que convocar a elecciones en un plazo de un
mes, tiempo durante el cual el vicepresidente se encargaría de la jefatura de
Estado .
.- De plantearse la
posibilidad de su renuncia después de tomar posesión el 10 de enero, tendrían
que celebrarse elecciones y el vicepresidente sería el encargado de asumir
temporalmente la jefatura del Estado, además de ser el candidato del
oficialismo, según la voluntad expresada por el mandatario el pasado sábado.
.- De no tomar
posesión el 10 de enero, la Constitución es clara al establecer que habría que
convocar elecciones en 30 días.
.- Chávez es tanto
presidente en ejercicio como presidente electo y entonces por encima de su
condición de electo rige la de presidente en ejercicio y por tal razón es
Maduro el que debe completar el mandato.
Venezuela sin Chávez (
LEAMOS)
Por: Marcelo Colussi
(especial para ARGENPRESS.info)
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